Baja Laboral (TODO Sobre la Nueva ley sobre las bajas médicas)

¡Descubre los cambios sorprendentes en la gestión de la baja laboral que te harán la vida más fácil! Nuevas normativas simplifican los trámites y reducen las obligaciones burocráticas tanto para empleados como empleadores. 

No querrás perderte estos detalles clave que transformarán tu experiencia con la baja laboral. ¡Sigue leyendo y entérate de todo!

¿En qué consiste la modificación del Real Decreto sobre Incapacidad Temporal (Baja Laboral)?

El Real Decreto 625/2014, de 18 de julio sobre la incapacidad temporal es algo complejo. 

Pero tranquilo, te puedo explicar en qué consiste la modificación del Real Decreto que afecta a la baja laboral de una manera más sencilla. 

Los cambios principales son:

1-Comunicación directa entre administración y empresa

La administración se encarga de comunicar los detalles de la baja, confirmación y alta médica a la empresa, eliminando la necesidad de que el trabajador entregue copias en papel.

2-Transmisión de datos adicionales por la empresa

La empresa debe transmitir a la Administración de la Seguridad Social ciertos datos adicionales para gestionar la prestación y compensación en la cotización, si corresponde.

3-Reducción de obligaciones burocráticas

Se busca disminuir las cargas burocráticas para trabajadores y empleadores, especialmente en situaciones complicadas como la pandemia de COVID-19.

4-Inclusión de empresas colaboradoras

Se corrige una omisión e incluye a las empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social que asumen el pago de las prestaciones de incapacidad temporal y otras prestaciones relacionadas.

5-Nuevos modelos de documentos médicos

Se aprueban nuevos modelos de documentos médicos de baja/alta y confirmación de incapacidad temporal, y se establecen nuevas reglas para su expedición según la duración estimada del proceso.

6-Control del proceso tras 365 días

Cuando se agoten los 365 días de incapacidad temporal, el control del proceso pasa al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Cambios en la legislación

Como verás, esta modificación busca agilizar la gestión de la incapacidad temporal y facilitar el proceso tanto para los trabajadores como para las empresas.

De este modo se mejora la comunicación entre las distintas entidades involucradas y haciendo la tramitación de la baja laboral más eficiente.

Resumen

La modificación del Real Decreto sobre Incapacidad Temporal busca agilizar la gestión y reducir la burocracia para trabajadores y empresas. Elimina la entrega de copias en papel y establece una comunicación directa entre la administración y las empresas. Además, incluye nuevos modelos de documentos médicos y reglas para su expedición según la duración del proceso.

A continuación te dejo dos infografías informativas proporcionadas por UGT y CCOO a sus afiliados para explicar de una forma sencilla la nueva legislación.

¿Tiene obligación el empleado de informar a la empresa de la baja laboral?

No, con la modificación del Real Decreto sobre Incapacidad Temporal, el empleado ya no tiene la obligación de entregar una copia en papel del parte médico a la empresa. La comunicación de la baja, confirmación y alta médica se realiza directamente entre la administración y la empresa

Aun así, como buena práctica, es recomendable que el empleado informe a la empresa sobre su situación de baja laboral para mantener una comunicación fluida y facilitar la organización interna.

Cuando el médico tramita el alta ¿que hago?

Cuando el médico tramita el alta, te entregará una copia del parte médico de alta. Aunque ya no es necesario que entregues este documento a la empresa en papel, es recomendable que informes a tu empleador sobre el alta médica para que estén al tanto de tu situación y puedan planificar tu reincorporación al trabajo. La administración se encargará de comunicar los detalles del alta médica a la empresa de manera telemática.

¿Cómo se tramitan los partes de baja, confirmación y alta a partir de ahora?

Desde el 1 de abril, el proceso de tramitación de los partes de baja, confirmación y alta ha cambiado, y ahora es más sencillo para el trabajador. Se hará de la siguiente forma:

1-Recepción de parte médico

El médico te entregará una copia del parte correspondiente (baja laboral, confirmación o alta).

2-Envío telemático de partes

El Servicio Público de Salud, la mutua o la empresa colaboradora enviará los datos de los partes al INSS de forma telemática.

3-Información a la empresa

El INSS informará a tu empresa sobre tu situación de incapacidad temporal y los datos para calcular la prestación a través del sistema RED.

4-Alta médica y reincorporación

Si un inspector médico del INSS expide el parte de alta, lo comunicará al Servicio Público de Salud o a la mutua, quienes lo transmitirán a la empresa. Deberás incorporarte al trabajo al día siguiente de la expedición del parte de alta.

En resumen, ya no tendrás que preocuparte por entregar los partes médicos a tu empresa, ya que todo el proceso se realiza de forma telemática entre las entidades involucradas, simplificando tus obligaciones como trabajador.

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¿Cómo se harán a partir de ahora la gestión y los procesos de Incapacidad Temporal?

En el caso de una Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes, la mutua de accidentes puede tener un papel en la asistencia y seguimiento del proceso de baja laboral. 

Pueden sugerir un alta médica a la Inspección Médica del Servicio Público de Salud. Si no se resuelve en cinco días, la mutua puede pedir el alta al INSS, que debe responder en cuatro días tras recibir la solicitud.

El INSS se encargará de supervisar el proceso de gestión y control de las incapacidades temporales, así como evaluar el fundamento clínico de las propuestas de alta de las mutuas y las respuestas de la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud o del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. 

También evaluará el cumplimiento de los plazos por parte de las diferentes entidades en relación con las propuestas de alta.

Si se identifican demoras significativas, el INSS propondrá medidas adicionales para garantizar que el proceso se desarrolle con la rapidez necesaria.

¿Cómo se gestionará el proceso de baja laboral según su duración?

Ahora, la gestión de las bajas laborales varía según la duración estimada de la incapacidad temporal. Se establecen cuatro grupos:

  1. Menos de 5 días naturales: El médico te dará un parte único de baja y alta, indicando ambas fechas. Si no te recuperas a tiempo, puedes solicitar una revisión en la fecha de alta para recibir un parte de confirmación.
  2. Entre 5 y 30 días naturales: El médico te dará el parte de baja con una fecha de revisión que no exceda de 7 días. En la revisión, recibirás un parte de alta o confirmación. Si necesitas más confirmaciones, se emitirán con un máximo de 14 días naturales entre ellas.
  3. Entre 31 y 60 días naturales: El médico te dará el parte de baja con una fecha de revisión que no exceda de 7 días. En la revisión, recibirás un parte de alta o confirmación. Si necesitas más confirmaciones, se emitirán con un máximo de 28 días naturales entre ellas.
  4. 61 o más días naturales: El médico te dará el parte de baja con una fecha de revisión que no exceda de 14 días. En la revisión, recibirás un parte de alta o confirmación. Si necesitas más confirmaciones, se emitirán con un máximo de 35 días naturales entre ellas.

En todos los casos, el médico puede fijar revisiones médicas en períodos más cortos de lo indicado.

Resumen

La gestión de bajas laborales ahora varía según su duración estimada: menos de 5 días (parte único de baja y alta), entre 5 y 30 días (revisiones cada 7 a 14 días), entre 31 y 60 días (revisiones cada 7 a 28 días) y 61 o más días (revisiones cada 14 a 35 días). Los médicos pueden fijar revisiones más frecuentes si es necesario.

Reflexión final

En conclusión, los cambios en la normativa de la baja laboral facilitan y simplifican el proceso tanto para empleados como empleadores. 

La obligación del trabajador de entregar los partes médicos a la empresa desaparece, y la comunicación se realiza de forma telemática entre el INSS y las empresas. 

Además, la gestión de las bajas laborales se ajusta a la duración estimada, con diferentes intervalos de revisión médica según el caso. 

Estas modificaciones buscan reducir la burocracia y agilizar los procesos de incapacidad temporal en beneficio de todos los involucrados.

Espero que este artículo te haya resultado de utilidad y haya aclarado todas tus dudas sobre la nueva normativa sobre las bajas médicas.

Artículo escrito por Noelia Pérez Magán, experta en Relaciones Laborales y Senior Manager en BDO Abogados.

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